Salario mínimo empleada hogar 2020

Las empleadas del hogar es una denominación que abarca a personas que trabajan en los hogares bajo condiciones de estabilidad y muchas de ellas  viven bajo el mismo techo de sus empleadores.

En este articulo queremos aclararte cual es el salario mínimo para una empleada del hogar en 2020, te interesará si eres empleada del hogar para saber si estás cobrando lo que toca o bien si vas a emplear a una persona en tu hogar, para saber cuanto debes de pagarle.

Salario mínimo empleada hogar 2020

Durante mucho tiempo las mujeres provenientes de las zonas rurales ejercían los trabajos de servicio en las casa de las personas que vivían en las ciudades. Pero, estas personas que ejercías como empleadas domésticas estaban poco remuneradas y muchas cambiaban su fuerza laboral por comida y  sitio donde dormir.

En España se calcula que haya un millón de empleadas domésticas. Sin embargo, de las cuales un porcentaje muy bajo cotizan a la seguridad social. Esta realidad poco ha cambiado en el tiempo pues se considera a estas empleadas como prescindibles y con las que romper la relación laboral es muy fácil.

Como no cotizan a la seguridad social su estatus de protección es prácticamente nulo. Lo que implica que no tienen derecho a una jubilación y por supuesto no pueden hacer uso del paro.

Consideraciones de sus derechos 

  • Puede considerarse que el servicio que presta la empleada del hogar es un servicio especial. Al encontrarse en contacto directo con la familia le permite establecer relaciones mínimas cercanas con sus empleadores.
  • Durante años, las empleadas domésticas no gozaron de un fuero legal que les protegiera de los desmanes de sus empleadores.
  •  Al estar desprotegidas podían prescindir de sus servicios a criterio del empleador.
  • Sus salarios eran fijados arbitrariamente y en ocasiones ni siquiera devengaban un salario como tal.
  • Al no cotizar para la seguridad social, no pueden recibir la jubilación ni otros beneficios establecidos en la ley.
  • Además, el estado deja de percibir impuesto por estos trabajadores.
  • Las empleadas domésticas están  desprotegidas totalmente de la seguridad social y su futuro es incierto. 

Régimen laboral de las empleadas domésticas

Desde hace algún tiempo el estado está haciendo un esfuerzo por legalizar la situación de las empleadas del hogar que no cotizan ni mantienen las relaciones laborales de conformidad con la ley. 

Se considera que la relación entre la empleada y su empleador está basada en lo que conciertan para prestar servicios en el hogar.  La empleada es la persona que presta el servicio remunerado y el empleador el jefe de la familia o el hogar.

El objeto de la relación de empleo está ubicado netamente en el hogar, y pude ser de dedicación exclusiva con las tareas propias de la casa como el cuido de áreas, atención de los miembros de la familia, cuido de niños, atención y preparación de alimentos y tareas de jardinería, guardería y hasta conducción de vehículos.

Hoy día se exige que se le hagan contratos pero que además sean puestos del conocimiento del Servicio Público de Empleo Estadal SEPE para que sean registrados en su plataforma y contar con la debida protección del estado.

La realización del contrato beneficia a las partes en especial a las empleadas y empleados del hogar porque ya tienen un asidero legal para disfrutar de las políticas de protección que brinda el estado.

Por Real Decreto 1620/2011 se estableció en su artículo 8 establece en su artículo 8 que una trabajadora empleada del hogar deberá recibir un salario mínimo interprofesional.   

Cómo es la situación de las empleadas del hogar en la actualidad

  • Actualmente las empleadas del hogar están protegidas y tienen derechos inalienables. Entre estos la contratación legal y el registro del mismo ante el SEPE.
  • Las empleadas del hogar deberán tener un salario mínimo interprofesional si trabaja la jornada completa con una duración de 40 horas. 
  • En caso que trabaje menos horas este salario será proporcional.
  • Para el año 2021, el Salario Mínimo Interprofesional es de 950 € al mes en 14 pagas, lo que equivale a un salario anual de 13.300 € (a jornada completa).
  • Es importante señalar que este es un salario mínimo referencial. Si las partes acuerdan uno más elevado pues se acepta en beneficio dela empleada.
  • Es bueno acotar que el salario debe ser recibido en metálico. Bajo ninguna puede considerarse el alojamiento y la comida como parte del salario.
  • Se establece la paga de dos bonificaciones extras que deben ser entregadas en bruto y sin ningún tipo de deducción. Una en julio y otra en navidad.
  • La paga tiene carácter mensual por lo tanto recibirá la empleada 12 pagas más las dos extras mencionadas anteriormente.
  • Las empleadas del hogar hacen ya sus cotizaciones ante la seguridad social.

Como se puede notar, la situación legal de las empleadas y empleados del hogar  ha mejorado considerablemente. Incluso el mismo trato que reciben también. La consideración a estos empleados que históricamente fueron explotados al cambiarles cama y comida por trabajo, se ve mejorada en los últimos años.

Una empleada doméstica que trabajaba toda la vida para una familia podía ser desechada cuando envejecía y podía ser abandonada a su suerte pues la relación de trabajo no reconocía ningún derecho.  Tampoco podían ahorra pues no se le pagaba nada en metálico y por lo tanto su futuro era incierto.

En la actualidad, las relaciones de trabajo entre empleada del hogar y su empleador es diferente. Ya debe pagarle en metálico y considerarla como una trabajadora con derechos definidos en la legislación vigente y amparada en todas sus facetas de trabajo.

Ya la empleada del hogar tiene estipulado un tiempo de trabajo. Cuarenta horas semanales. En caso de trabajar más percibirá horas extras por lo que es mayor la cantidad que va a ganar en metálico. Estas horas  extras y su pago serán concertados de mutuo acuerdo con el empleador o jefe de la familia.

Si en la relación laboral el empleador ofrece más del sueldo mínimo a su empleada, está perfectamente puede aceptar la propuesta siempre que no vaya en menoscabo de sus derechos. 

Es importante que si necesitas asesoría puedas consultar con una persona que te oriente en esta problemática.

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